La colegiación legal: “Una abogacía libre e independiente resulta esencial para la plena vigencia del estado de derecho”, señaló Enrique Pereira Duarte - Federación Argentina de Colegios de Abogados

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La colegiación legal: “Una abogacía libre e independiente resulta esencial para la plena vigencia del estado de derecho”, señaló Enrique Pereira Duarte

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El pasado miércoles tuvo lugar una teleconferencia a través de la plataforma Zoom auspiciada por la Federación Argentina de Colegios de Abogados, en la que se debatió la importancia de extender la colegiación obligatoria y legal a todos los distritos del país.

La entidad que nuclea a la abogacía organizada de la Argentina cuenta con una Comisión de Colegiación. Luis Enrique Pereira Daurte, titular de dicha comisión, abrió el debate. A continuación, las líneas más relevantes de su participación.

“Para nosotros la colegiación legal, a pesar de que parece algo que hubiéramos tenido toda la vida, comienza en las primeras décadas del siglo veinte. Los colegios de abogados primero fueron constituyéndose como asociaciones civiles, tal es así que aquellos colegios que van formando la Faca en su momento son instituciones civiles y no colegios de ley”, indicó el profesional.

Apuntó que los colegios de ley “básicamente se constituyeron no como una corporación cerrada para defensa de los intereses individuales de los abogados, sino en defensa de los judiciables, de los ciudadanos, de la institucionalización de la democracia y de la República. Se rigieron también en defensa de la Constitución, de la legalidad y de los sujetos humanos”.

“Una abogacía libre e independiente resulta esencial para la plena vigencia del estado de derecho. Desde la Federación de Colegios de Abogados, desde el momento en que se fundó, sobre la base de asociaciones civiles se fue fomentando la creación de colegios de ley a todo lo largo y ancho del país, lográndose con distintas modalidades cada una en su provincia, en su lugar, distintos tipos de representaciones en casi todas las provincias argentinas, quedando solamente dos: Chaco y Santa Cruz, donde la colegiación legal aún no existe”, recordó.

En tanto, señaló que en otras provincias “en su momento la FACA tuvo que salir a defender la colegiación, que había sido avasallada por el poder provincial de turno, caso concreto la Provincia de San Luis, donde durante mucho tiempo se eliminó la vigencia del Colegio de Abogados porque evidentemente la posición de la institución era muy molesta para quienes ostentaban y aún ostentan el poder en aquella provincia. Luego de ingentes gestiones se logró nuevamente restablecer la colegiación incluso con la creación de nuevos colegios”.

Finalmente aseguró que “una de las razones de ser y la justificación de la colegiación legal se encuentra en el manejo de la cuestión disciplinaria. Antes de que existieran los colegios legales, estaba en poder de los jueces, de alguna Cámara, del Superior Tribunal de Justicia en el caso de Córdoba, pero es importante que el poder disciplinario de los abogados esté en manos de los pares. Por eso creo que los colegios, en las diversas modalidades en que se constituyen los tribunales de disciplina, deben prestar mucha atención al funcionamiento de éste, y darle la preponderancia que debe tener”.

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