Reforma de la Justicia: el presidente de FACA expuso ante el Senado - Federación Argentina de Colegios de Abogados

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Reforma de la Justicia: el presidente de FACA expuso ante el Senado

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Reforma de la Justicia: el presidente de FACA expuso ante el Senado

El titular de la Federación Argentina de Colegios de Abogados, José Luis Lassalle, llevó ante las comisiones de Asuntos Constitucionales, y Justicia y Asuntos Penales de la Cámara de Senadores de la Nación, la posición de la abogacía organizada, respecto al tratamiento del proyecto de ley de organización y competencia de la justicia federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en las provincias.

Del encuentro también participaron la exjueza y especialista en derecho penal y administración de justicia, María Laura Garrigós de Rébori, el titular de la Federación Argentina de la Magistratura (FAM), Ariel Ariza; el presidente del Colegio de Magistrados, Carlos Rolero Santurián, así como el juez y exprocurador del Tesoro, Carlos Balbín, el secretario general de la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN), Julio Piumato, y la fiscala a cargo de la unidad de género del Ministerio Público Fiscal, Mariela Labozetta.

A continuación, los lineamientos más relevantes expresados por José Luis Lassalle en una audiencia de la que participaron todos los operadores del sistema:

“En primer lugar compartimos la necesidad de encarar una reforma integral de la Justicia Federal, y no escapamos al debate, en todo caso, sobre los ejes que plantea este proyecto de reforma, que entendemos parcial, pero que puede ser un buen comienzo para apuntar a una reforma integral del sistema de justicia”.

CONSTANTES APORTES DE F.A.C.A.
“Se ha debatido mucho sobre la oportunidad. Yo quisiera en esto sostener que mal podría la Federación Argentina de Colegios de Abogados plantear un problema de inoportunidad cuando hemos insistido durante todo este período de la pandemia en que la crisis debía ser conducida por los tres Poderes, y reclamado que el Poder Legislativo se pusiera cuanto antes en funciones con un proyecto de ley que aportaba soluciones para el reglamento y la posibilidad de un funcionamiento a distancia de los señores legisladores, con el solo propósito de colaborar en esa misión. Mal podríamos ahora, una vez funcionando con esta modalidad, plantear un problema de inoportunidad para encarar el estudio de un proyecto de tanta importancia como es la reforma judicial”.

QUE NO SEA UN TRÁMITE EXPRESS
“Debemos también decir -en esto, algún reparo- que no debemos confundir el sentido de la oportunidad con la celeridad en el tratamiento. Me parece que no debiéramos ir -perdónenme que me incluya aunque no sea legislador, mucho menos senador- pero no nos podríamos permitir dar a un proyecto de tanta importancia en un trámite express. Los intentos fallidos que ha habido en el pasado no nos permiten volver a insistir con otra mala experiencia que fracase en el futuro. Un proyecto de esta naturaleza debe ser precedido de un amplio debate, con la amplia participación de todos los que participamos del sistema de justicia: magistrados, funcionarios, empleados judiciales, abogados y entidades intermedias comprometidas con el mejoramiento de la Justicia”.

“No podemos fallar, y yo haría alusión a un dicho popular que se atribuye, entre otros, a Napoleón: aquello de 'vístanme depacio que tengo prisa'. Creo que vale para el momento porque ganaríamos tiempo: lo que supuestamente se perdiera en el tratamiento previo, en la elaboración de esta ley, se ganaría evitando ulteriores controversias que retardarían la implementación futura del sistema, y la concreción de objetivos que son los que todos compartimos: una reforma de esta naturaleza de avanzar en busca de una justicia independiente alejada de toda injerencia de los grupos de poder, sectores políticos internos dentro de la Justicia o como se llamare, con la idea de lograr una magistratura, jueces absolutamente independientes que honren el juramento que alguna vez prestaron o que prestarán en el futuro, y transparencia en el ejercicio de su función. Me da la impresión de que el tiempo que se pueda llamar perdido en la gestación de este producto final en el orden legislativo se ganaría de cara al futuro, sobre todo teniendo en cuenta la necesidad de consagrar cuanto antes la implementación del sistema acusatorio a través del nuevo Código de Procedimientos en lo Penal Federal, en el ámbito no sólo de la Capital Federal, sino del resto de las provincias donde aún no rige”.

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
“Sé que el tema de la Corte Suprema, del Consejo de la Magistratura, ministerios públicos es materia de estudio y análisis a través de un consejo consultivo formado por el Presidente, pero estoy obligado a responder a los abogados de la matrícula, a los abogados de a pie que entendemos a través de todos los colegios que conforman la FACA, que una reforma sustancial de la Justicia Federal no puede sino estar acompañada en forma simultánea con una profunda reformulación en la integración del Consejo de la Magistratura. Deben ir de la mano a los efectos de no viciar en su génesis el nombramiento de la cantidad numerosa de magistrados que ocuparán los cargos a crearse.  Lo decimos porque esta composición actual, tachada y declarada su inconstitucionalidad por la Sala Segunda de la Cámara Nacional de Apelaciones en 2016, a la espera de una resolución definitiva por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, no responde a la manda constitucional de mantener un equilibrio entre los estamentos. Claro está que la abogacía del anterior régimen ha reducido su número a dos, y debo decirlo aunque no parezca simpático en esta casa, que el predominio y la hegemonía del estamento político por sobre los demás lo pone en una situación de privilegio que rompe con este equilibrio que manda la Constitución a través del artículo 114. Creemos que esto es absolutamente necesario reverlo, y cuanto antes si es por parte del propio Congreso de la Nación a través del dictado de una ley, sería mejor que lo dispusiera la propia Justicia en su más alto nivel”.

SUBROGANCIAS
“Voy a dejar de lado lo que compartimos del proyecto, para expresarme sobre un tema que merece nuestra observación, que es el sistema de subrogancia al efecto de cubrir los cargos a crearse en los juzgados federales. Este no nos parece el camino correcto, y en todo caso la ley de subrogancia define e impacta de frente y plenamente con el proyecto que se propone, sobre todo cuando dispone que el actual régimen de subrogancia se aplicaría en todo lo que no fuera oponible a este proyecto. Este proyecto implicaría una derogación tácita a pesar de que dice y refiere a su aplicación en lo que no se contradice con el proyecto. Nos parece una desnaturalización del instituto como lo ha marcado la Corte Suprema de Justicia de la Nación, lindante con la inconstitucionalidad, no obstante que se prevea en el proyecto el paso por el propio Consejo de la Magistratura, el Poder Ejecutivo y el posterior acuerdo del Senado de la Nación”.

VALORACIÓN ABOGADIL
“Creemos que la reforma que se propone -de todas maneras parcial- tiene sus puntos interesantes: la abogacía salda una deuda que tiene el país con la Ciudad de Buenos Aires, con la Constitución, en orden a los esfuerzos por el artículo 129, en cuanto dispone la transferencia de la Justicia nacional en la persecución de los delitos no federales a la Ciudad de Buenos Aires. Comparte la unificación de los fueros Civil y Comercial con el Contencioso Administrativo; alguna objeción podríamos tener con respecto a la tendencia hacia la especificidad de los fueros, pero no obstaría eso. Sí tenemos algún interrogante sobre las cantidad de magistrados que pudieran optar por el no traspaso, donde el proyecto no aporta una solución en cuanto a su destino y funcionamiento futuro”.

EL NÚMERO DE JUECES
“Debiera dejar constancia de una preocupación en orden a este objetivo que pareciera ser el aumento de jueces federales en lo penal con asiento en la Capital Federal y el aumento a un número de 46, en el orden que está indicado en el proyecto. Me parece que, si bien es importante dotar de una mayor cantidad de magistrados, no estaría apuntado a resolver el problema, o por lo menos no se garantizaría un buen resultado de por sí, si es el objetivo de alguna manera licuar el poder concentrado en los actuales doce jueces federales de la Capital Federal. La experiencia indica que el solo aumento de los jueces no corrige esa concentración cuya crítica todos estamos contestes, y con el riesgo de que podría aumentarse el problema en ese sentido”.

ASEGURAR AMPLIA PARTICIPACIÓN
Finalmente, respecto a la cláusula del artículo 15 según la cual no podrán ser inscriptos o inscriptas los magistrados que hayan manifestado en forma expresa el consentimiento para ser transferidos al Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en conformimdad con el artículo 31 de la ley, Lassalle señaló: “Sin perjuicio de no estar muy de acuerdo (estamos dentro del sistema de subrogancias y del modo de seleccionar esta suerte de interinatos) toda discriminación -aceptemos el término- estaría contraindicada; yo creo que aquí debería asegurarse una participación amplia, en todo caso, en la lista a seleccionar por parte de la Cámara Nacional de Apelaciones”.


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