COMUNICADO
La FEDERACION ARGENTINA DE COLEGIOS DE ABOGADOS, comparte con el Colegio de Abogados y Procuradores de Salta, la preocupación y postura expresada
En el marco del procedimiento participativo establecido en el artículo 156 de la Constitución de la Provincia de Salta y regulado por la Ley 8311, y en el que expresó la oposición institucional a la eventual renovación del mandato del Dr. Pablo López Viñals como juez de la Corte de Justicia de esta provincia.
En ese sentido, esta Federación considera imperioso el estricto cumplimiento de la letra del texto constitucional introducido por la reforma de la Carta Magna Provincial en el año 2021, que establece en su art. 156 que los jueces de la Corte Suprema de Justicia ocupan sus cargos por un período de diez años sin posibilidad de ser nombrados nuevamente, letra que se complementa con la Acordada No. 14.302 de fecha 7 de febrero de 2025 que estableció que los magistrados de primera y segunda instancia cesan en sus funciones al cumplir setenta años.
La sanidad institucional fortalece los poderes fundamentales de la República y justamente aquellos que tienen o han tenido el honor de desempeñarse en los mismos, son los que deben observar un inobjetable apego tanto a la letra como al espíritu del texto constitucional, a fin de dar un ejemplo inequívoco y coherente a la sociedad.
En el orden a lo expuesto, esta Federación acompaña al Colegio de Abogados y Procuradores de Salta, y reafirma el debido respeto a las normas que gobiernan la renovación de los miembros de la Corte de Justicia de Salta, garantizado de este modo el principio de seguridad jurídica de la ciudadanía toda y el palmario fortalecimiento de los principios que sustentan el orden constitucional vigente.